La cátedra de Derecho civil y foral de Aragón, creada por Gobierno de Aragón, Cortes de Aragón, Justicia de Aragón y Universidad de Zaragoza, tiene entre como objeto la investigación, desarrollo y divulgación del Derecho civil y foral aragonés. Para ello, dará apoyo y participará en la financiación de proyectos de investigación, tesis doctorales, trabajos fin de máster y de fin de grado, la realización de congresos y jornadas (tanto científicos como de divulgación), la edición de publicaciones…
El Derecho foral, de competencia exclusiva del territorio aragonés, es el Derecho civil que regula las relaciones de Derecho privado de los aragoneses; forma parte del ordenamiento jurídico español, pero también, en el contexto actual, es un Derecho europeo más, aplicable no solo a las personas que habitan Aragón sino también a las foráneos, cuando la ley aplicable a las relaciones privadas sea la aragonesa.
Se trata de un Derecho civil vivo, de larga tradición histórica, que tiene su respaldo en la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Aragón. El Derecho foral de Aragón constituye una de las señas de identidad del territorio.
Resulta necesario seguir contando con especialistas en el Derecho foral de Aragón, tanto para poder interpretar y aplicar adecuadamente este Derecho, como para seguir impulsando su actualización, conforme a las necesidades que vaya demandando la evolución de la sociedad aragonesa.
El Derecho foral aragonés es el Derecho común de las personas que habitan Aragón, cuenta con instituciones propias y diversas a otras reguladas por el resto de los Derechos civiles españoles. En Aragón, el pacto y la autonomía de la voluntad tienen una especial relevancia, que refleja el principio standum est chartae.
Por lo tanto, para una buena elaboración de normas civiles aragonesas, su correcta interpretación y aplicación se exige la presencia de especialistas en esta materia y, para ello, es imprescindible contar con la financiación necesaria para la formación de investigadores en ella potenciando, a la vez, la divulgación de nuestro Derecho dentro y fuera de nuestras fronteras.
Su directora es la Doctora Carmen Bayod López, catedrática de Derecho Civil en la Facultad de Derecho, investigadora principal del Grupo de Investigación en Derecho Civil de Aragón y Presidenta de la Comisión Aragonesa de Derecho Civil.
La Cátedra de Derecho civil y foral de Aragón tiene entre sus objetivos fomentar la investigación en materia de Derecho civil y foral aragonés siguiendo el método de la Escuela de Zaragoza creado por el maestro Lacruz.
Para ello, la Cátedra, a través de la dotación económica de las Instituciones que la componen y del mecenazgo de colegios profesionales y empresas privadas, convoca plazas de investigación con el objeto de elaborar tesis doctorales en la materia y conseguir con ello formar investigadores.
Igualmente, anualmente se convocarán premios a los mejores TFG y TFM de la Universidad de Zaragoza que versen sobre Derecho civil y foral de Aragón y que cuentan con el mecenazgo del Colegio de Registradores. Se premiará también el mejor trabajo de investigación sobre Derecho foral aragonés, en la convocatoria que anualmente se llevará acabo y que cuenta con el patrocinio de la Colegio Notarial de Aragón. Por último, se convocarán premios anuales a la mejor tesis doctoral.
Con todo ello se quiere favorece la investigación de calidad del Derecho civil foral de Aragón signo de identidad de Aragón.


El art. 149.1.8a CE reconoce la competencia en materia de Derecho civil a aquellas Comunidades Autónomas que al tiempo de entrar en vigor la Constitución de 1978 tenían en vigor un Derecho civil propio, como sin duda era y es el caso de Aragón.
La competencia legislativa en materia de Derecho civil no es absoluta. Hay materias reservadas, en todo caso al Estado, en las que Aragón, al igual que el resto de Comunidades autónomas con Derecho civil propio, no pueden ni podrán nunca legislar, como son las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con excepción de la fuentes de su Derecho civil foral.
Junto a ello, Aragón, sus Cortes Generales, tiene competencia exclusiva para la conservación, modificación y desarrollo de su Derecho civil foral, y es justamente, el termino desarrollo el que ha exigido por parte del TC una interpretación que en estos momentos ofrece a los territorios forales una amplia competencia, desde que la primera sentencia sobre este término y con origen en Aragón hablara de “conexión suficiente”.
Por ello, esta Cátedra tiene entre sus objetivos fomentar ese desarrollo del Derecho foral aragonés, explorando espacios todavía no normados, pero en los que Aragón sí puede tener competencia y poner nuestro mayor valor, El Derecho foral, al servicio de los aragoneses.
Nuestro Derecho no es desconocido por los aragoneses, quizás y aun sin ser conscientes de ello, conozcan las instituciones más genuinas de nuestro Derecho privado como la fiducia, el testamento mancomunado o la viudedad, de la que incluso nos habla el Guzmán de Alfarache.
Pero para fomentar los otros pilares: su investigación y desarrollo, es necesaria su divulgación a través de cursos, conferencias y aun programas de radio o televisión en los que exponer nuestro Derecho, ya que el mismo no es sólo de aplicación a los sujetos que tengan vecindad civil aragonesa, sino a los foranos en virtud de los Reglamentos europeos sobre ley aplicable.

COMISIÓN MIXTA y
CONSEJO ASESOR
